Artículo 80. Para determinar la información adicional que publicarán todos los sujetos obligados de manera obligatoria, los Organismos garantes deberán:
I. Solicitar a los sujetos obligados que, atendiendo a los lineamientos emitidos por el Sistema Nacional, remitan el listado de información que consideren de interés público
ACUERDO mediante el cual se aprueba el Catálogo de Información de Interés Público que deberán publicar los sujetos obligados del ámbito federal, correspondiente al segundo semestre de dos mil diecisiete y al ejercicio dos mil dieciocho. (ACT-PUB/03/04/2019.05).
DIARIO OFICIAL DEL 02/08/2019
CON BASE A ESTE ACUERDO EL SINDICATO NACIONAL DEMOCRÁTICO DE TRABAJADORES DE LOS TRIBUNALES AGRARIOS, NO TENEMOS NADA QUE INFORMAR.
YA QUE NUESTRAS ACTIVIDADES NO ESTÁN CONTEMPLADAS EN EL CATÁLOGO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PÚBLICO.
Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
XXX. Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones con la mayor desagregación posible.
El Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores de los Tribunales Agrarios, informa que no generó estadísticas en este trimestre de ninguna índole.
XXVII. Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquéllos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos.
El Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores de los Tribunales Agrarios, no tiene nada que reportar en este trimestre respecto a concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgadas.
XXIV. Los informes de resultados de las auditorias al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen y, en su caso, las aclaraciones que correspondan.
El Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores de los Tribunales Agrarios, reporta que en virtud de que no tiene acceso a recursos públicos, no se llevan a cabo auditorias internas, ni externas.
El Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores de los Tribunales Agrarios, en este trimestre, no realizó ningún tipo de estudio, debido a que no se manejó recurso público de ninguna índole.
XXIII. Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña.
El Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores de los Tribunales Agrarios no tiene erogaciones para la contratación de servicios de impresión, difusión y publicidad oficial.
1.- La publicación y actualización relativa a la utilización de los Tiempos oficiales está a cargo de Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación.
Publicación del INAI del la SEGOB
2.- La publicación y actualización de la información relativa a la utilización de los Tiempos oficiales está a cargo del Instituto Nacional Electoral.
El Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores de los Tribunales Agrarios no tiene erógaciones referente publicidad para un Programa Anual de Comunicación Social o equivalente.
El Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores de los Tribunales Agrarios no tiene erogaciones para la contratación de servicios de impresión, difusión y publicidad oficial. |
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https://sinadetta.tribunalesagrarios.gob.mx/index.php/component/k2/item/572 |
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La publicación y actualización de la información relativa a la utilización de los Tiempos oficiales está a cargo de Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación. |
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https://consultapublicamx.inai.org.mx/vut-web/faces/view/consultaPublica.xhtml#obligaciones |
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La publicación y actualización de la información relativa a la utilización de los Tiempos oficiales esta a cargo del Instituto Nacional Electoral |
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https://consultapublicamx.inai.org.mx/vut-web/faces/view/consultaPublica.xhtml#obligaciones |
Artículo 74. Respecto de las obligaciones específicas que deberán cumplir las personas físicas o morales que reciben y ejercen recursos públicos o realicen actos de autoridad se estará a lo dispuesto en el Capítulo IV del Título Quinto de la Ley General.
Los sindicatos que reciban y ejerzan recursos públicos deberán mantener actualizada y accesible, en los respectivos sitios de Internet, la información aplicable de los artículos 70 y 79 de la Ley General.
Los partidos políticos en el orden federal, las agrupaciones políticas nacionales y las personas constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 27-01-2017 44 de 75 independiente, según corresponda, deberán, en lo conducente, poner a disposición del público y actualizar la información señalada en los artículos 70 y 76 de la Ley General.
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
La información que se requiere en el presente artículo, es publicada por el Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores de los Tribunales Agrarios, en la Plataforma Nacional de Transparencia conforme a los Lineamientos técnicos generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el título quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. |
Las obligaciones de transparencia que le son aplicables son: Artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, fracciones I, II, III, IX, XIII, XIX, XX, XXIII, XXIV, XXVII, XXIX, XXX, XXXIV, XXXIX, XLI, XLV y XLVIII. Artículo 78 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII. Artículo 79 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, fracciones I, II, III, y IV. Artículo 80 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública correspondiente al formato que aplica para sujetos obligados. |
ART. 74 De la Federal de Transparencia y Acceso a la Información.
Consulta Pública. |
Artículo 68. Los sujetos obligados en el ámbito federal deberán cumplir con las obligaciones de transparencia y poner a disposición del público y mantener actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, Documentos y políticas e información señalados en el Título Quinto de la Ley General. Al respecto, aquella información particular de la referida en el presente artículo que se ubique en alguno de los supuestos de clasificación señalados en los artículos 110 y 113 de la presente Ley no será objeto de la publicación a que se refiere este mismo artículo; salvo que pueda ser elaborada una versión pública. En todo caso se aplicará la prueba de daño a que se refiere el artículo 104 de la Ley General.
En sus resoluciones el Instituto podrá señalar a los sujetos obligados que la información que deben proporcionar sea considerada como obligación de transparencia de conformidad con el Capítulo II del Título Quinto de la Ley General y el capítulo I del Título Tercero de esta Ley, atendiendo a la relevancia de la información, la incidencia de las solicitudes sobre la misma y el sentido reiterativo de las resoluciones.
La información que se requiere en el presente artículo es publicada en la Plataforma Nacional de Transparencia conforme a los
Lineamientos Técnicos generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones
establecidas en el título quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a l
ART. 68 De la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información.
Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia /Ingresa al SIPOT-Consulta por Sujeto Obligado
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Para determinar la información adicional que publicarán todos los sujetos obligados de manera obligatoria, los Organismos garantes deberán:
I. Solicitar a los sujetos obligados que, atendiendo a los lineamientos emitidos por el Sistema Nacional, remitan el listado de información que consideren de interés público;
Acuerdo mediante el cual se aprueba el Catálogo de Información de Interés Público que deberán publicar los sujetos obligados del ámbito Federal.
Acuerdo 01/2020 de los Tribunales Agrarios
Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
II. Revisar el listado que remitió el sujeto obligado con base en las funciones, atribuciones y competencias que la normatividad aplicable le otorgue.
Artículo 70. Fracción III. Facultades de cada área
Artículo 70. Fracción IX. Gastos por concepto de viáticos y representación
Artículo 70. Fracción XXIII B. Gasto en Comunicación. Contratación de servicios de publicidad oficial
Artículo 70. Fracción XXIII D. Gasto de publicidad oficial. Información de tiempos oficiales en radio y televisión
Artículo 70. Fracción XXIV. Resultado de Auditorias Realizadas
Artículo 70. Fracción XXVII Concesiones, Contratos, convenios, permisos y licencias
Artículo 70. Fracción XXXIV A. Patrimonio. Inventario de bienes muebles
Artículo 70. Fracción XXXIV B. Patrimonio. Inventario de altas practicadas a bienes muebles
Artículo 70. XXXIV E. Patrimonio. Inventario de altas practicadas a bienes inmuebles
Artículo 70. Fracción XXXIV F. Patrimonio. Inventario de bajas practicadas a bienes inmuebles
Artículo 70. XXXIV G. Patrimonio. Inventario de bienes muebles e inmuebles donados
Artículo 70. Fracción XXXIX A. Informe de Sesiones del Comité de Transparencia
Artículo 70. Fracción XXXIX D. Calendario de Sesiones del Comité de Transparencia
Artículo 70. Fracción XLI. Estudios Financiados con Recursos Públicos
Artículo 70. Fracción XLV. Catálogo de Disposición Documental y Guía Simple de Archivos
Artículo 70. Fracción XLVIII A. Información de interés público
Artículo 70. Fracción XLVIII B. Preguntas frecuentes
Artículo 70. Fracción XLVIII C. Transparencia Proactiva
Artículo 70. Obligaciones Aplicables
Artículo 78. Fracción I. Registro de Sindicatos
Artículo 78. Fracción IV. Padrón de Socios
Artículo 78. Fracción V. Actas de Asamblea de Sindicatos
Artículo 78. Fracción VI. Los Reglamentos interiores de trabajo
Artículo 78. Fracción VII. Federaciones y Confederaciones
Artículo 78. Fracción VIII. Expediente del Registro de Sindicatos, Federaciones y Confederaciones y de Contratos Colectivos de Trabajo
Artículo 79. Fracción III. Padrón de Socios
Artículo 79. Fracción IV. Relación de Recursos Públicos, Económicos, en especie bienes o donativos
III. Determinar el catálogo de información que el sujeto obligado deberá publicar como obligación de transparencia.Catálogo de Disposición y Guía de Archivo Documental
Los informes que por disposición generen los Sujetos Obligados
Costos de Reproducción de la información
Artículo 74. Obligaciones Específicas en la LFTAIP
Información de la Federación Democrática de Sindicatos de Servidores Públicos
Declaraciones de la FEDESSP en el año 2004
XLV. Catálogos de Instrumentos Archivísticos.
2024 |
Nombre |
Cuadro General de Clasificación Archivística |
Guía Simple de Archivo |
Índice de Expedientes Clasificados como Reservados 1er. semestre |
Dictamen y Acta de Baja Documental y Transferencia Secundaria. No se tienen bajas documentales por realizar. |
2023 |
Nombre |
Cuadro General de Clasificación Archivística |
Dictamen y Acta de Baja Documental y Transferencia Secundaria. No se tienen bajas documentales por realizar. |
Guía Simple de Archivo |
Inventario Documental |
Índice de Expedientes Clasificados como Reservados 1er semestre |
Índice de Expedientes Clasificados como Reservados 2do semestre |
2022 |
Nombre |
Catálogo de Disposición Documental |
Guía de Archivo |
Índice de Expedientes Clasificados como Reservados 1er semestre Índice de Expedientes Clasificados como Reservados 2do semestre |