Denuncia por incumplimiento de obligaciones de Transparencia ante el INAI

Denuncia por incumplimiento de obligaciones de Transparencia ante el INAI

  • Cualquier persona por si misma o a través de su representante podrá denunciar ante el instituto la falta de publicación o actualización de las Obligaciones de transparencia previstas en los artículos 70 a 83 de la Ley General y 69 a 76 de la Ley Federal, por parte de los sujetos obligados del ámbito federal.

  • La denuncia por incumplimiento de las Obligaciones de Transparencia deberá cumplir, al menos, con los siguientes requisitos:
    • Nombre del sujeto obligado denunciado.

    • descripción clara y precisa del cumplimiento denunciado, especificando la Ley, el artículo o artículos y, en su caso la fracción que corresponda.

    • El denunciante podrá adjuntar los medios de prueba que estime necesarios para respaldar el incumplimiento denunciado.

    • En caso de que la denuncia se presente por escrito, el denunciante deberá señalar el domicilio en la jurisdicción que corresponda o la dirección de correo electrónico para recibir notificaciones. 

      Cuando la denuncia se presente por medios electrónicos, se entenderá que se acepta que las notificaciones se efectúen por el mismo medio. En caso de que no se señale domicilio o dirección de correo electrónico o se señale un domicilio fuera de las jurisdicción respectiva, las notificaciones, aun las de carácter personal, se practicarán a través de los estados  físicos del instituto. y

    • El nombre del denunciante y, opcionalmente, su perfil únicamente para propósitos estadísticos. Esta información será proporcionada por el denunciante de manera voluntaria. En ningún caso el dato sobre el nombre y el perfil podrán ser un requisito para la procedencia y trámite de la denuncia.

  • La denuncia podrá presentarse de la forma siguiente:

1.- Por medio electrónico:

a) A través de la Plataforma Nacional. presentándose en el apartado de denuncia por incumplimiento a las Obligaciones de Transparencia.  

https://consultapublicamx.inai.org.mx/vut-web/faces/view/denuncia/denunciaCiudadana.xhtml

En este supuesto, la Plataforma Nacional emitirá un Acuse de recibo que acreditará la hora y fecha de recepción de la denuncia presentada, o

b) Por correo electrónico, dirigido al instituto en la dirección electrónica Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., administrada por la Secretaría de Acceso a la Información.

El horario para la recepción de denuncias por los medios anteriores, así como las promociones relativas a las mismas, tanto de los denunciantes como de los sujetos obligados,

comprende de lunes a viernes de las nueve a las dieciocho horas.

2.- Por escrito presentado físicamente ante la Oficialía de Partes del Instituto, ubicada en Insurgentes Sur N° 3211, Col. Insurgentes Cuicuilco, Delegación Coyoacán, C.P. 04530, en la Ciudad de México.

En este supuesto, la Oficialía de Partes deberá remitir la denuncia a la Secretaría de Acceso a la Información en el mismo día de su recepción. 

El horario para la recepción de denuncias por Oficialía de Partes del Instituto, así como las promociones relativas a las mismas, tanto de los denunciantes como de los sujetos obligados, comprende de lunes a jueves de las nueve a las dieciocho horas y los viernes de nueve a las quince horas.

Las denuncias cuya recepción se verifique después de los horarios señalados en ambas fracciones, se considerarán recibidas al día hábil siguiente. para efectos del horario de recepción se tomará en cuenta la hora del centro del país.

Adicionalmente, los particulares podrán solicitar asesoría telefónica, comunicándose al Centro de Atención a la Sociedad del Instituto, al número 01 800 835 4324 (TEL-INAI), en un horario de lunes a jueves de nueve a dieciocho horas y los viernes de nueve a quince horas.

Acuerdo ACT-PUB/16/04/2018.07

Modificado por última vez en Miércoles, 21 Abril 2021 11:23

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