Artículo 70. En la Ley Federal y de las Entidades Federativas se contemplará que los sujetos obligados pongan a disposición del público y mantengan actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones y objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan:
Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Artículo 78 fracción III. El Estatuto
PRÉSTAMOS ISSSTE
TRAMITES REALIZADOS ANTE LA UNIDAD 6 DEL ISSSTE 2016 | |
TOTAL DE CRÉDITOS A LA FECHA | |
17 | ENVÍOS DE PRESTAMOS A LOS DISTINTOS TRIBUNAL UNITARIOS AGRARIOS |
63 | SIMULACIONES DE PRESTAMOS ORDINARIOS, ESPECIALES |
14 | REGULARIZACIONES EN COBROS |
13 | DEVOLUCIONES POR PAGOS INDEBIDOS |
13 | PAGOS POR CAJA |
14 | ESTADOS DE CUENTA EN CEROS |
3 | TRAMITES DE PRESTAMOS POR VENTANILLA |
5 | SOLICITUDES DE APOYO DE PRESUSTOS |
TRAMITES REALIZADOS ANTE LA UNIDAD 6 DEL ISSSTE 2015 | |
102 | TOTAL DE CRÉDITOS |
27 | ENVIOS DE PRESTAMOS A LOS DISTINTOS TRIBUNAL UNITARIOS AGRARIOS |
84 | SIMULACIONES DE PRESTAMOS ORDINARIOS, ESPECIALES |
15 | REGULARIZACIONES EN COBROS |
4 | DEVOLUCIONES POR PAGOS INDEBIDOS |
17 | PAGOS POR CAJA |
14 | ESTADOS DE CUENTA EN CEROS |
5 | TRAMITES DE PRESTAMOS POR VENTANILLA |
1 | REDUCCION DE INTERESES |
10 | SOLICITUDES DE APOYO DE PRESPUESTOS |
XXX. Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones con la mayor desagregación posible.
El Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores de los Tribunales Agrarios, informa que no generó estadísticas en este trimestre de ninguna índole.
II. Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le correspondan a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables.
Requisitos para ser los Dirigentes Sindicales
IIa. Estructura Orgánica
IIb. Haga clic aquí para visualizar el organigrama
El Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores de los Tribunales Agrarios, en este trimestre, no realizó ningún tipo de estudio, debido a que no se manejó recurso público de ninguna índole.
Toma de Nota 2007-2013 Constitutiva
Toma de Nota 2013-2017 Cambio de Comité
Toma de Nota 2017-2021 Cambio de Comité
Toma de Nota 2021 Reforma Estatutaria
Artículo 43. Son obligaciones y atribuciones de la Secretaría General Nacional, las siguientes:
Artículo 44. Son obligaciones y atribuciones de la Secretaría de Organización, las siguientes:
Artículo 45. Son obligaciones y atribuciones de la Secretaría de Actas y Acuerdos:
Artículo 46. Son obligaciones y atribuciones de la Secretaria de Finanzas, las siguientes:
Artículo 47. Son obligaciones y atribuciones de la Secretaría de Asuntos Laborales, las siguientes:
Artículo 48. Son obligaciones y atribuciones de la Secretaría de Vivienda, las siguientes:
Artículo 49. Son obligaciones y atribuciones de la Secretaría de Prestaciones Económicas:
Artículo 50. Son obligaciones y atribuciones de la Secretaría de Previsión Social, las siguientes:
Artículo 51. Son obligaciones y atribuciones de la Secretaría de Equidad y Género, las siguientes:
Artículo 52. Son obligaciones y atribuciones de la Secretaría de Difusión y Relaciones Públicas, las siguientes:
Artículo 53. Son obligaciones y atribuciones de la Secretaría de Capacitación, Cultura y Deportes, las siguientes:
Artículo 54. Son obligaciones y atribuciones de la Secretaría de Pensiones y Jubilaciones:
CAPÍTULO V
Delegados Estatales y Representantes Seccionales
Artículo 55. Los Delegados Estatales y Representantes Seccionales en el ámbito de su área de trabajo, representan al Comité Ejecutivo Nacional en el ejercicio de las atribuciones y funciones.
Artículo 56. Los Delegados Estatales y Representantes Seccionales durarán al menos en su cargo seis años, y serán electos en Asamblea del Centro y Áreas de Trabajo a través de voto personal, libre, directo y secreto, en los términos que se fijen en la convocatoria que emita el Comité Ejecutivo Nacional.
Artículo 57. Los Delegados Estatales y Representantes Seccionales tendrán las siguientes obligaciones:
CAPÍTULO VI
Comisión Interinstitucional
Artículo 58. La Comisión Interinstitucional es órgano autónomo con la facultad de representar y celebrar convenios, establecer relaciones y gestiones con otras organizaciones, Sindicales y Sociales a nivel Nacional e Internacionales, Dependencias Gubernamentales y Empresas Privadas, Universidades, Centros Educativos y Científicos y demás que se deriven de su encargo con el único fin de mejorar la calidad de vida de los agremiados y sus familias.
Artículo 59. La Comisión se integra por quiénes han ocupado el cargo de Secretario General Nacional.
Artículo 60. El Comité Ejecutivo Nacional tramitará, que los integrantes gocen de licencia por Comisión Sindical.
CAPÍTULO VII
Comisión de Transparencia y Ley de Archivos
Artículo 61. La Comisión de Transparencia y Ley de Archivos, es el órgano encargado de dar respuesta a los requerimientos del Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información y al Archivo General de la Nación con fundamento en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, Ley Federal de Archivos y Ley General de Archivos
Artículo 62. La Comisión de Transparencia y Ley de Archivos, estará integrada por un Presidente/Titular, dos Secretarios/Enlaces uno para cada área.
Artículo 63. Los integrantes de la Comisión durarán en su cargo seis años.
Artículo 64. Son obligaciones del Comité además de las indicadas, las siguientes:
CAPÍTULO VIII
Comisión Nacional Mixta de Escalafón
Artículo 65. Son obligaciones y atribuciones de las Comisión Nacional Mixta de Escalafón, las siguientes:
CAPÍTULO IX
Comisión Mixta de Seguridad e Higiene y Ambiente Laboral
Artículo 66. Son obligaciones y atribuciones de la Comisión Nacional Mixta de Seguridad e Higiene y Ambiente Laboral:
CAPÍTULO X
Comisión Nacional de Vigilancia, Honor y Justicia
Artículo 67. La Comisión es un órgano autónomo constituido para velar el cumplimiento del Estatuto, vigilar la conducta de dirigentes y agremiados que afecte a la organización sindical.
Artículo 68. La Comisión estará integrada por un Presidente un Secretario y un Vocal.
Artículo 69. Los integrantes de la Comisión y durarán en su cargo seis años.
Artículo 70. Son obligaciones de la Comisión además de las indicadas, las siguientes:
CAPÍTULO XI
Comisión Nacional Electoral
Artículo 71. La supervisión del proceso electoral estará a cargo de Comité Nacional Electoral, que es el órgano autónomo, depositario de la autoridad electoral en el Sindicato.
Artículo 72. El Comité Nacional Electoral se integra por un Presidente, un Secretario y un Vocal, electos en la misma sesión en que sea electo el Comité Ejecutivo Nacional.
Artículo 73. Los integrantes del Comité Nacional Electoral durarán en su cargo seis años. No podrán, en el periodo inmediato al término de su gestión, ocupar cargo alguno en el Comité Ejecutivo Nacional.
Artículo 74. Para ser miembro del Comité Nacional Electoral, además de los requisitos señalados en el Artículo 32 de este Estatuto se requiere:
Artículo 75. El Comité Nacional Electoral tendrá las facultades y obligaciones siguientes:
Artículo 76. Las decisiones del Comité Nacional Electoral se tomarán por mayoría de votos. Sus acuerdos y resoluciones serán definitivas e inatacables.
Artículo 77. Para el desempeño de sus funciones, contará con el apoyo y colaboración que deberán brindarle los órganos ejecutivos del Sindicato.
XXIII. Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña.
El Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores de los Tribunales Agrarios no tiene erogaciones para la contratación de servicios de impresión, difusión y publicidad oficial.
1.- La publicación y actualización relativa a la utilización de los Tiempos oficiales está a cargo de Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación.
Publicación del INAI del la SEGOB
2.- La publicación y actualización de la información relativa a la utilización de los Tiempos oficiales está a cargo del Instituto Nacional Electoral.
El Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores de los Tribunales Agrarios no tiene erógaciones referente publicidad para un Programa Anual de Comunicación Social o equivalente.
El Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores de los Tribunales Agrarios no tiene erogaciones para la contratación de servicios de impresión, difusión y publicidad oficial. |
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https://sinadetta.tribunalesagrarios.gob.mx/index.php/component/k2/item/572 |
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La publicación y actualización de la información relativa a la utilización de los Tiempos oficiales está a cargo de Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación. |
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https://consultapublicamx.inai.org.mx/vut-web/faces/view/consultaPublica.xhtml#obligaciones |
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La publicación y actualización de la información relativa a la utilización de los Tiempos oficiales esta a cargo del Instituto Nacional Electoral |
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https://consultapublicamx.inai.org.mx/vut-web/faces/view/consultaPublica.xhtml#obligaciones |
IX. Los gastos de representación y viáticos, así como el objeto e informe de comisión correspondiente al ejercicio fiscal de los años:
2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020. 2021, 2022, 2023 y tercer trimestre 2024, el Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores de los Tribunales Agrarios, no recibió, ni ejerció recurso público por concepto de viáticos o representación.
XXIX. Los informes que por disposición legal generen los sujetos obligados.
XXIV. Los informes de resultados de las auditorias al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen y, en su caso, las aclaraciones que correspondan.
El Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores de los Tribunales Agrarios, reporta que en virtud de que no tiene acceso a recursos públicos, no se llevan a cabo auditorias internas, ni externas.
ESTA ORGANIZACIÓN SINDICAL JAMÁS A RECIBIDO INGRESOS POR PARTE DE LA INSTITUCIÓN, EXCLUSIVAMENTE SE NOS ENTREGAN LAS CUOTAS DE NUESTROS AGREMIADOS.